Visto y Considerando:
Que se acerca la temporada estival 2024/2025 y es necesario garantizar la seguridad de bañistas en el Frente Marítimo del Partido de Pinamar;
Que es imperativo contar con personal capacitado y suficiente para llevar a cabo las tareas de prevención y rescate acuático;
Que para tal fin, la Secretaria de Seguridad solicita se lleve adelante la convocatoria de plantel de guardavidas municipales, para cubrir los múltiples puestos en playa pública municipal;
Que la mentada convocatoria se debe extender por siete (7) días hábiles contados a partir de la sanción de la presente;
Que es menester establecer una serie de pautas claras, las cuales tiene por objeto de formalizar, transparentar y agilizar un servicio esencial para la seguridad de nuestros visitantes y población estable;
Que se debe confeccionar el acto administrativo que materialice lo expresado.
Por Ello:
El Secretario de Seguridad de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de atribuciones que le son propias
RESUELVE
Artículo 1º: Convocase al plantel de guardavidas municipales para desempeñar tareas en cobertura de múltiples puestos en playa pública municipal, durante la temporada estival 2024/2025, a los fines que manifiesten su disponibilidad y voluntad para trabajar en los sectores que se le asignen en el frente Marítimo del Partido de Pinamar.-
Artículo 2°: Dejase establecido que la Convocatoria mentada, se extiende por un plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir de la sanción de la presente. Cumplido el plazo mentado, el área de Seguridad en Playa deberá confeccionar un listado para la asignación de turnos de los exámenes pre-ocupacionales.-
Artículo 3°: Los trabajadores guardavidas deben indefectiblemente cumplimentar previamente para comenzar a prestar servicios en playa:
· Apto Medico
· Prueba de suficiencia física
· Firma del vinculo contractual
Artículo 4°: Cada trabajador guardavida, que sea parte de la convocatoria debe dar cumplimiento a cada uno de los requisitos que forman parte de la “Planilla de Convocatoria a Guardavidas Municipales”, la cual forma parte de la presente como Anexo I.-
Artículo 5°: Notifíquese la presente por medio del área de Seguridad en Playas, cumplido, dese al registro oficial y archívese.