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La medida cautelar fue dictada este viernes a partir de una presentación del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino. La decisión suspende los efectos de la Resolución 585/2026, que había actualizado las tarifas de EDEA, EDEN, EDES y EDELAP, y ordena restablecer el cuadro tarifario anterior mientras continúa el proceso judicial.

18 SEP 2026 – 17:10 | SociedadJudicialesLa Justicia suspendió el aumento de la luz que había autorizado la Provincia para los usuarios de EDEALa medida cautelar fue dictada este viernes a partir de una presentación del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino.

La decisión suspende los efectos de la Resolución 585/2026, que había actualizado las tarifas de EDEA, EDEN, EDES y EDELAP, y ordena restablecer el cuadro tarifario anterior mientras continúa el proceso judicial.La decisión judicial tiene carácter cautelar, por lo que no resuelve la cuestión de fondo.

(Foto: Luz y Fuerza Mar del Plata)La Justicia bonaerense suspendió este viernes 18 de septiembre de 2026 los efectos de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires, que había dispuesto una actualización de las tarifas de energía eléctrica y alcanzaba, entre otros, a los usuarios de EDEA de la Costa Atlántica.La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Leopoldo Agustín López, luego de una presentación realizada por el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino.La medida tiene especial impacto en el Partido de La Costa y buena parte de la Región, ya que EDEA es la distribuidora que presta el servicio eléctrico en gran parte del corredor atlántico bonaerense.

La Resolución 585/2026 había establecido nuevos cuadros tarifarios para EDEA, además de EDEN, EDES y EDELAP.

 QUÉ RESOLVIÓ LA JUSTICIA El Defensor del Pueblo había solicitado como medida cautelar que se suspendieran los efectos de la resolución y que las distribuidoras volvieran a aplicar el cuadro tarifario anterior mientras se resolvía la cuestión de fondo.El planteo cuestionó particularmente la actualización de los costos propios de distribución —el denominado Valor Agregado de Distribución (VAD)— y sostuvo que no había existido una audiencia pública previa que permitiera la participación de los usuarios antes de adoptar la decisión.La Provincia, por su parte, defendió la actualización y argumentó que los incrementos del VAD realizados durante la denominada Etapa de Transición Tarifaria se encuentran dentro de un esquema iniciado luego de la emergencia energética y económica y mientras continúa el proceso de Revisión Tarifaria Integral.Además, señaló que anteriormente se habían realizado audiencias públicas dentro del proceso tarifario y que los incrementos otorgados hasta ahora se encontraban por debajo de la fórmula de ajuste prevista en el marco regulatorio.Sin embargo, el juez consideró que existían elementos suficientes para conceder la protección cautelar solicitada mientras se analiza la cuestión de fondo.LA FALTA DE AUDIENCIA PÚBLICA, EN EL CENTRO DE LA DISCUSIÓN Uno de los puntos centrales de la resolución judicial es la participación de los usuarios en la definición de las tarifas de los servicios públicos.La demanda presentada por la Defensoría cuestionó que los cuadros tarifarios aprobados por la Resolución 585/2026 actualizaran los costos propios de distribución desde el 1° de agosto sin un nuevo espacio de información e intercambio con los distintos sectores de la sociedad civil.El expediente también pone el foco en el tiempo transcurrido desde las últimas audiencias públicas mencionadas por las partes: las citadas en la causa corresponden a diciembre de 2016, realizadas en Olavarría y La Plata.La discusión judicial no alcanza solamente a EDEA.

La medida comprende también a EDELAP, EDEN y EDES, las cuatro grandes distribuidoras provinciales.QUÉ PASA AHORA CON LAS TARIFAS DE EDEA La decisión judicial tiene carácter cautelar.